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GUATEMALA: NUEVO ALARDE DE IMPUNIDAD

 


Autor: Prudencio García Martínez de Murguía.

Miembro del Consejo Consultivo de la Fundación Acción Pro Derechos Humanos

Artículo publicado en El País, el día 14 de junio de 2003.


Una vez más, la increíble, indescriptible, recalcitrante impunidad todavía reinante en Guatemala vuelve a ofender a la humanidad con otra de sus repugnantes exhibiciones de aniquilamiento de la justicia. Una vez más vuelve a erizar nuestros cabellos el espectáculo épico de un poder judicial que se debate entre, por una parte, el heroísmo de unos pocos jueces y fiscales, ejemplares hombres y mujeres que arriesgan su vida en medio de terribles amenazas y coacciones, y, por otra parte, la actitud claudicante de otros jueces y funcionarios, corruptos o servilmente sometidos a la presión de unos poderes fácticos que, históricamente, han sido siempre capaces de garantizar la impunidad de sus crímenes. Y el último pronunciamiento judicial sobre los militares implicados en el caso Mack constituye uno de esos ejemplos paradigmáticos, demostrativos de hasta qué punto puede llegar la desvergüenza alcanzada por una arraigada impunidad estamental. Una impunidad estamental que, desde hace décadas, viene despreciando y desafiando todas las exigencias de la justicia y todos los pronunciamientos de la comunidad internacional.

El día 11 de septiembre (qué tendrá esta fecha, escogida para materializar sus fechorías por grupos e individuos tan heterogéneos como Pinochet, Al Qaeda, y los asesinos del caso que hoy nos ocupa), esta vez del año 1990, la prestigiosa antropóloga guatemalteca Myrna Mack fue atacada a la salida de su trabajo y muerta de veintisiete puñaladas en una calle céntrica de Guatemala. Fundadora de la Asociación para el Avance de las Ciencias Sociales (AVANCSO), había publicado en 1989 un informe en el que demostraba que el desplazamiento masivo de los indígenas guatemaltecos y los grandes sufrimientos causados a las comunidades desplazadas habían sido consecuencia directa de la ‘política contrainsurgente’ del ejército.

Tras las primeras investigaciones, se redactó un informe que trataba de presentar el crimen como un caso de delincuen­cia común. Pero un policía ejemplar, el agente José Manuel Mérida Escobar, resistiendo todo tipo de amenazas, mantuvo y firmó su propio informe, que señalaba la existencia de un crimen político, ejecutado por un potente servicio secreto militar. El heroico policía pagó con su vida, pues murió asesinado poco después. Su más directo colaborador en la investigación tuvo que huir del país. Pero su informe orientó las pesquisas en la verdadera dirección.

Como resultado de ello,  pudo ser identificado, detenido, juzgado y condenado a 30 años de prisión, en 1993, el autor material del apuñalamiento, el sargento Noel Beteta Alvarez, miembro operativo del servicio extrañamente denominado EMP (Estado Mayor Presidencial). Nombre bajo cuyo inocuo aspecto se oculta, desde hace décadas, un poderoso organismo militar, dotado de grandes medios de información, seguimiento y desarrollo de operaciones clandestinas para la ejecución extrajudicial de importantes personalidades, y así fue constatado, de forma minuciosa y largamente detallada, por la Comisión de Esclarecimiento Histórico de la ONU y por otros informes de los organismos defensores de derechos humanos. (Ya en los años 70, el que fue alcalde de la ciudad de Guatemala, Manuel Colom Argueta, proclamó que el llamado EMP era un verdadero “escuadrón de la muerte”. También lo pagó con su vida, pues fue asesinado en 1979).

En 1994, tras una larga y penosa secuencia en la que testigos,  policías y jueces denunciaron amenazas y todo tipo de hostigamientos, que obligaron a algunos de ellos a abandonar el país, se consiguió confirmar el fallo contra el sargento Noel Beteta como autor material, y, a la vez, dejar abierto proceso contra los más evidentes  responsables, los entonces jefes del EMP: el general Augusto Godoy y dos coroneles, Juan Valencia Osorio y Juan Oliva Carrera, que mandaban dicho servicio secreto en el momento en que se ordenó y ejecutó el crimen en cuestión.

En 1999, ya nueve años después del crimen, tras otra larga secuencia de amenazas, entorpecimientos y recursos, el juez Henry Monroy halló elementos suficientes para abrir juicio contra dichos tres jefes, acusados de haber ordenado el crimen. En el año 2000, tras varios traslados del expediente de un tribunal a otro en medio de nuevos entorpecimientos y retrasos, el Tribunal Tercero de Sentencia asumió finalmente el caso y fijó fecha para la celebración del juicio. Nuevos aplazamientos, recursos y recusaciones lo retrasaron una vez más.

Por fin, en 2002, tras una titánica lucha de doce años de calvario procesal para la familia de la víctima, especialmente para su infatigable hermana Helen Mack, creadora y presidenta de la Fundación Myrna Mack, dedicada a defender la memoria y los derechos atropellados de la fallecida, llegó la merecida recompensa  por un esfuerzo tan tenaz. El día 3 de septiembre de 2002 se abría el juicio oral contra los tres mandos (ya retirados), que, al cabo de doce años, por primera vez ingresaban en prisión. Justo un mes después, el 3 de octubre de 2002, se emitía la sentencia. El coronel Juan Valencia Osorio, autor directo de la orden criminal, resultaba condenado a 30 años de prisión como responsable intelectual del asesinato de Myrna Mack. En cambio, los otros dos jefes también imputados quedaron absueltos por –según la sentencia- falta de evidencias suficientes.

Los elementos de prueba más decisivos para esta sentencia fueron dos: la confesión del autor material, el ya citado sargento, de haber cometido el crimen obedeciendo la orden directa y personal del coronel Valencia, y la confesión de éste, admitiendo haber dado aquella orden, aunque alegando que él se limitó a transmitir órdenes superiores. Pero la directa actuación del coronel Valencia Osorio dictando la orden a su ejecutor material, dentro de la obediencia jerárquica propia de la estructura militar, le convertían irremisiblemente en autor intelectual del crimen, sin posible eximente de obediencia debida, ya que la Constitución de Guatemala establece en su artículo 156 que “Ningún funcionario, civil o militar, está obligado a cumplir órdenes manifiestamente ilegales o que impliquen la comisión de un delito.” Ninguno de los dos, ni el coronel ni el sargento, podía alegar el deber de obediencia, pues ninguno de ellos estaba obligado a obedecer una orden tan absolutamente criminal.

Sin embargo, siete meses después, la Sala Cuarta de Apelación ha dictado la anulación de aquella sentencia, alegando un único motivo, tan impúdicamente falso como el siguiente: que “el fallo (de primera instancia) adolece de manifiesta contradicción, pues por un lado se atribuye al EMP la planificación y ejecución del asesinato a que se contrae este asunto y, por otro lado, se asienta que no se ha evidenciado que dicho plan se generara en la referida institución.”  Miserable argumento para una miserable decisión judicial, puesto que tal contradicción  no existe en absoluto. Resulta perfectamente compatible, y nada contradictorio, que el plan criminal pudiera generarse originariamente fuera del EMP –punto no evidenciado-, y que su planificación concreta y su ejecución fáctica –punto plenamente probado- fuera ejecutada por la maquinaria operativa, personas y medios del EMP, como así fue. Tanto si el plan criminal se gestó inicialmente en el EMP o en otro lugar, ello no suprime en absoluto las responsabilidades individuales de sus jefes y ejecutores, pues lo que sí ha quedado probado, de forma indudable, es que la operación criminal fue preparada, desarrollada, ordenada y ejecutada por mandos y subordinados pertenecientes a la maquinaria militar de dicho EMP.

Si el autor material señala a quien le dio la orden criminal, y si el propio coronel Valencia, así como su defensa, reconoce que él dio dicha orden, aunque cumpliendo a su vez órdenes superiores,  ¿cómo pudo ser todo este bloque probatorio desvergonzadamente ignorado por el Tribunal de Apelación que anuló la sentencia, poniendo en libertad inmediata a los tres jefes procesados, en un país cuya Constitución  niega expresamente a sus militares la posibilidad de obedecer órdenes delictivas?  La respuesta –siniestra pero contundente- nos la proporciona el reciente informe de Amnistía Internacional sobre Guatemala, al precisar el siguiente dato: “Los miembros de la judicatura han sido objeto de graves abusos. Entre enero de 2002 y febrero de 2003, 103 jueces y magistrados han sufrido amenazas y varios han sido víctimas de homicidio.”  

Recuérdese, por ejemplo, el caso de la admirable juez Yasmín Barrios, miembro del tribunal que dictó sentencia condenatoria en el caso Mack. Esta juez, aparte de numerosas amenazas recibidas por diversas vías a lo largo de otro importante caso juzgado en 2001, el del asesinato del obispo, monseñor Juan Gerardi, cometido también por militares del EMP (de cuyo tribunal sentenciador también esta juez formaba parte), recibió en la fachada de su domicilio el impacto de dos bombas de mano, a modo de ligera advertencia, en la víspera de la apertura de aquel juicio oral. Este acto de directa amenaza e intimidación  no le impidió dictar, también en aquel caso, sentencia condenatoria. Pero no todos los jueces alcanzan este nivel de entereza y dignidad.

He aquí, pues, la clave de esta resolución judicial, de este nuevo e inmundo triunfo de la impunidad. Primero, una sentencia honesta venciendo al miedo, la amenaza y la permanente coacción. Y segundo, una sentencia claudicante dictada por otros jueces en otro tribunal, cediendo, de forma no precisamente heroica, aunque sí comprensible en términos de debilidad humana, a las presiones de un marco estamental y social de tan tremenda capacidad agresiva y coactiva. Un marco de amenaza e intimidación radicalmente incompatible  con el funcionamiento legítimo y ordinario de la justicia.

Si resulta imposible que estos notorios crímenes de la década de los 90 sean debidamente juzgados y sentenciados, resulta aun más evidente la absoluta imposibilidad de que lo sean los atroces crímenes masivos perpetrados durante el genocidio de las comunidades mayas entre 1978 y 1983. Por desgracia, Guatemala sigue siendo el punto más negro de toda América en materia de impunidad criminal. De la más infame y obscena impunidad.


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