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Contenido Este libro fue galardonado con uno de los Premios Ejército de 1974 y publicado en 1975. En aquellas fechas mantenía su vigencia el antiguo Código de Justicia Militar de 1945, que exigía obediencia incluso a las órdenes delictivas, al amparo de la “eximente de obediencia debida”. El militar que cometiera delitos obedeciendo órdenes superiores quedaba eximido de responsabilidad, lo que garantizaba su impunidad para los crímenes ordenados y cometidos. En algún caso (185, c.12), se contemplaba la posibilidad de no aplicar la eximente, castigando al que obedeció, cuando la “malicia” de la orden fuera evidente. Pero, absurda e injustamente, ni siquiera en tal caso se autorizaba al subordinado a desobedecer, lo que producía una infame situación de cepo penal y moral, sin escapatoria alguna para el desgraciado militar que recibiera una orden de esa naturaleza. Frente a esta calamitosa normativa, el coronel Prudencio García (entonces comandante en activo) propugnaba en este libro con todo rigor –entre otras propuestas- la necesidad de incluir en nuestro ordenamiento militar el derecho de “desobediencia legítima” a las órdenes notoriamente antijurídicas, estableciendo la responsabilidad penal de aquél que obedeciera órdenes criminales. Órdenes que, como tales, nadie puede dar ni cumplir. Nadie en el España había propugnado antes tal propuesta, ni tampoco después, hasta que llegaron las nuevas Reales Ordenanzas de 1978, que establecieron ese concepto fundamental: la disciplina no puede extenderse a las órdenes delictivas. En efecto, y en plena concordancia con lo señalado por el doctor García en esta obra de 1975, la actual disciplina militar no permite que sean obedecidas aquellas órdenes situadas fuera de la ley. Así lo establecieron después las citadas Ordenanzas de 1978, y -tres décadas más tarde- las reformadas en 2009, así como el vigente Código Penal Militar de 1985. El trabajo incluido como apéndice, “El militar profesional, hoy y mañana”, había recibido previamente el Premio Pedro Antonio de Alarcón 1973 (otorgado por el antiguo Estado Mayor Central). En él se subraya que la enseñanza impartida en las Academias Militares, cada vez más exigente en lo tecnológico, debe completarse con una sólida formación intelectual en materia de Sociología de los Ejércitos y Moral Militar.
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