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Lista de Derechos Humanos

Listado de Derechos Humanos

 

Tabla de Derechos Humanos 2.0

Lista de los derechos humanos con las normas y los mecanismos establecidos para su protección:

- Tabla de Derechos Humanos 2.0 -

 

Protección de los Derechos Humanos

Medidas de protección de los DDHH

Derechos de las víctimas

 

Presentación de DENUNCIAS

por violación de derechos humanos

Mecanismos de denuncia

Cómo denunciar (recomendaciones)

 

Órganos  y Mecanismos de denuncia, supervisión y control

* Sistema de Naciones Unidas:

Consejo de Derechos Humanos

 

 - Procedimiento de denuncia

 

 - Examen Periódico Universal (EPU)

Procedimientos especiales

Órganos de los Tratados (Comités)

* Sistema Europeo:

Tribunal Europeo de DDHH (TEDH)

Tribunal de Justicia de la UE (TJUE)

Comisión Europea

* Sistema Interamericano:

Corte Interamericana de DDHH

Comisión Interamericana de DDHH

* Sistema Africano:

Corte Africana de DDHH

Comisión Africana de DDHH

* Otros mecanismos

 

La lucha contra la corrupción

- 

Corrupción y Derechos Humanos

 

Desigualdad económica

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Desigualdad y derechos humanos

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Desigualdad económica

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Discriminación salarial

 

ABOGADOS defensores de los Derechos Humanos

Abogados y derechos humanos

 

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ETICERT

Certificados y sellos éticos

 

 

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER (CEDAW)

de Naciones Unidas

 

Competencia principal atribuida al Comité:

Supervisión del cumplimiento de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer

 

El Comité para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer  ("CEDAW" por sus siglas en inglés) es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer por sus Estados Parte.
 

* Estados Firmantes y ratificaciones de la Convención:

- Situación de la Convención

- Enmiendas al artículo 20.1 de la Convención

- Situación del Protocolo Facultativo

 

 

Presentación de denuncias de particulares ante el Comité

 

El estudio de comunicaciones/denuncias de particulares sólo resulta aplicable a los Estados firmantes del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer. (Ver Estados Firmantes del Protocolo Facultativo).

 

- Ver artículo 2 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer(sobre denuncias de particulares).

 

- El Comité es uno de los denominados "Órganos de los Tratados" y, por tanto, resulta recomendable revisar la información general sobre presentación de denuncias ante los Órganos de los Tratados.

 

- Recomendaciones y observaciones generales para la presentación de denuncias ante organismos internacionales

 

 

Métodos de trabajo del Comité

 

Métodos de Trabajo del Comité

 

 

Página Oficial del Comité

 

Mecanismos para la toma de conocimiento e investigación de casos de discriminación contra la Mujer y violaciones de la Convención


* Informes periódicos de los Estados Parte:

Todos los Estados Parte deben presentar al Comité informes periódicos sobre la manera en que se realizan los derechos contemplados en la Convención. El Comité examina cada informe y expresa sus preocupaciones y recomendaciones al Estado Parte en forma de "observaciones finales".

* Comunicaciones/Denuncias de particulares  (art. 2 del Protocolo)

El Comité también puede, en determinadas circunstancias, examinar las denuncias o comunicaciones de los particulares que afirman que se ha atentando contra los derechos enunciadas en la Convención, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer.

Este procedimiento sólo resulta aplicable a los Estados firmantes del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer. (Ver Estados Firmantes del Protocolo Facultativo).

* Investigación en caso de conocimiento de violaciones graves o sistemáticas de los derechos reconocidos en la Convención (art. 8 del Protocolo):

Si el Comité recibe información fidedigna que revele violaciones graves o sistemáticas por un Estado Parte de los derechos enunciados en la Convención, el Comité invitará a ese Estado Parte a colaborar en el examen de la información y, a esos efectos, a presentar observaciones sobre dicha información, desencadenándose el mecanismo establecido en el artículo 8 del Protocolo Facultativo de la Convención.

Este procedimiento sólo resulta aplicable a los Estados firmantes del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer. (Ver Estados Firmantes del Protocolo Facultativo).

 

Jurisprudencia del Comité contra la Tortura

 

Jurisprudencia del Comité (enlace en inglés)

 

Observaciones generales del Comité

 

Ver recomendaciones generales (u observaciones generales) del Comité.

 

 

 

OTROS ENLACES E INFORMACIÓN RELACIONADA:

 

Mecanismos de DENUNCIA y de protección de los Derechos Humanos:

Sistema de protección de derechos de la ONU:  -- Presentación de denuncias ante la ONU --

Sistema de protección de derechos en el ámbito regional Americano:

   Sistema de protección de derechos humanos en el ámbito regional Africano:

   Sistema de protección de derechos humanos en Europa:

   Sistema de protección de derechos constitucionales en España: