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Listado de Derechos Humanos

 

Tabla de Derechos Humanos 2.0

Lista de los derechos humanos con las normas y los mecanismos establecidos para su protección:

- Tabla de Derechos Humanos 2.0 -

 

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* Sistema Europeo:

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* Sistema Interamericano:

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* Sistema Africano:

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EXCLUSIÓN SANITARIA

(Procedimiento para la reclamación frente a la exclusión sanitaria)

 

 



I) SOLICITUD DE ACCESO A LA ASISTENCIA SANITARIA

(Solicitud de reconocimiento de la condición de asegurado/beneficiario a efectos de asistencia sanitaria en España)


  

Para acceder a la asistencia sanitaria gratuita en España, los extranjeros que se encuentre en la situación definida por el Artículo 6.1 del Real Decreto 1192/2012 (es decir, todos aquellos etranjeros que no se encuentren en alguno de los supuestos definidos por el Artículo 5 del RD 1192/2012), deben solicitar el reconocimiento de la condición de asegurado o benefeciario a efectos de asistencia sanitaria en España.

 

A la "solicitud de reconocimiento de la condición de asegurado o beneficiario a efectos de asistencia sanitaria en España" se la denomina, con frecuencia, "solicitud de asistencia sanitaria". 

 

  • Norma que regula la solicitud de reconocimiento de la condición de asegurado o beneficiario a efectos de asistencia sanitaria:

  • Formulario Oficial para la solicitud de la condición de asegurado a efectos de asistencia sanitaria: 

  • Lugar en que debe presentarse la solicitud de reconocimiento de la condición de asegurado o beneficiario a efectos de asistencia sanitaria:

  • Atención: La Administración está actuando, al menos en determinados casos, como si los extranjeros que no contaban con una autorización para residir en España con anterioridad al 24/04/2012, no pudiesen acceder al reconocimiento de la condición de asegurado a efectos de asistencia sanitaria y no tuviesen, por tanto, derecho a acceder a la asistencia sanitaria en España con cargo a los fondos públicos.
     
    Por ese motivo, es frecuente que en las Oficinas y Centros de Atención e Información (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social se informe en ese sentido a los extranjeros que obtuvieron una autorización de residencia con posterioridad al 24/04/2012.

    Ante esa información, muchos extranjeros desisten de presentar la solicitud de reconocimiento de la condición de asegurado. Eso es un error ya que para poder reclamar frente a la exclusión sanitaria es un requisito indipensable solicitar primero el reconocimiento de la condición de asegurado o benficiario a efectos de de asistencia sanitaria y una vez se haya desestimado esa solicitud (o una vez transcurrido el plazo para resolver esa solicitud) podrá efectuarse la correspondiente reclamación.
     

  • Plazo para resolver la solicitud de reconocimiento de la condición de asegurado o beneficiario:
     

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II) PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR FRENTE A LA EXCLUSIÓN SANITARIA DE EXTRANJEROS EN ESPAÑA


 

Una vez notificada la desestimación de la solicitud de reconocimiento de la condición de asegurado o benefeciario a efectos de asistencia sanitaria en España (o una vez transcurrido el plazo para resolver y notificar), deberá presentarse una reclamación frente al INSS o, en su caso, el ISM.

  • Plazo para interponer la reclamación ante el INSS o el ISM: 30 días desde la notificación de la resolución de la solicitud del reconocimiento de la condición de asegurado/a, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo (Art. 71.2 LJS)
     
    Se entiende que este plazo se establece en días hábiles, debiendo descontarse, por tanto, los domingos y festivos.
     

  • Normas que regulan el procedimiento de reclamación ante el INSS o el ISM:

    • Artículo 71 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social

    • Artículo 6.4 del Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.
       

  •  Formulario/Modelo de Reclamación ante el INSS
     

  • Plazo para resolver la reclamación presentada ante el INSS o el ISM: 45 días (Art. 71.5 LJS)

    • El mencionado plazo debe entenderse que se refiere a días hábiles.
       

  • ¿Qué puedo hacer si desestiman mi reclamación o si no la contestan?
     

    • Frente a la desestimación de la reclamación (tanto expresa, como presunta, en el caso de que el INSS no conteste a la reclamación en el plazo de 45 días) será posible interponer un recurso en vía judicial (ante la jurisdicción social), dentro del plazo establecido al efecto.
       
      En este sentido debe de tenserse en cuenta que aunque la Administración española ha tratado de denegar el acceso a la asistencia sanitaria a determinados colectivos de extranjeros que obtuvieron su autorización de residencia en España con posterioridad al 24/04/2012, lo cierto es que existen varios pronunciamientos judiciales que vienen a anular determinadas Resoluciones administrativas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) que habían denegado las solicitudes de reconocimiento de la condicion de asegurado, a efectos de asistencia sanitaria en España, de extranjeros que obtuvieron su autorización de residencia en España con posterioridad al 24/04/2012.
       

    • Por otra parte, en la medida que la exclusión sanitaria pueda afectar a determinados derechos humanos, resultará  posible recurrir a los mecanismos de protección de los derechos humanos que, en su caso, resulten de aplicación. 

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OTROS ENLACES E INFORMACIÓN RELACIONADA:

 

Tabla de Derechos Humanos 2.0 (con mecanismos de protección):

Mecanismos de DENUNCIA y de protección de los Derechos Humanos:

Sistema de protección de derechos de la ONU:  -- Presentación de denuncias ante la ONU --

Sistema de protección de derechos en el ámbito regional Americano:

Sistema de protección de derechos humanos en el ámbito regional Africano:

   Sistema de protección de derechos humanos en Europa:

   Sistema de protección de derechos constitucionales en España:

   Carta internacional de derechos humanos: