Mandato extendido a
todos los países con independencia a la ratificación del Convenio
Contra la Tortura |
El Mandato del Relator Especial se extiende a
todos los países, con independencia de si han ratificado, o no, la
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes.
Tipos de actuación
previstos para el Relator Especial de la
ONU contra la Tortura: |
Los principales tipos de actuación previstos en el mandato del Relator
Especial Contra la Tortura son los siguientes:
1) Transmitir llamamientos urgentes a
los Estados con respecto a las personas que al parecer corren el riesgo de
ser sometidas a tortura, así como enviar comunicaciones relativas a
supuestos casos de tortura ya cometidos.
2) Realizar misiones de investigación
(visitas) a los países.
3) Presentar al Consejo de Derechos Humanos y
a la Asamblea General informes anuales sobre sus actividades, mandato
y métodos de trabajo.
Además, cuando los hechos en cuestión competan a más de un mandato, el
Relator Especial podrá dirigirse a uno o más mecanismos temáticos y
relatores de países a fin de enviar comunicaciones o realizar misiones
conjuntas.
Página oficial del
Relator Contra la Tortura |
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No es necesario agotar
la vía interna para que el Relator Especial de la ONU contra la
Tortura intervenga |
A diferencia de los mecanismos de denuncia de
los órganos de supervisión de la aplicación de los tratados de derechos
humanos, no es necesario agotar recursos internos para que el Relator
Especial intervenga.
Presentación de
quejas/denuncias dirigidas a los procedimientos especiales de la
ONU: |
Instrucciones específicas del
Relator Especial:
Instrucciones generales para los
procedimientos especiales:
Datos de contacto
del Relator Especial:
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